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 El Instituto Nacional de la Seguridad Social edita este nuevo Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal 2017, en su cuarta edición, con la novedad de su carácter de consenso científico y aplicación personalizada a cada trabajador que requiere una prestación de incapacidad temporal por criterio facultativo.

El carácter personalizado para cada trabajador se ha logrado aplicando a los tiempos estándar cuatro variables como factores correctores por edad, sexo, ocupación y segundo diagnóstico acompañante al diagnóstico principal que motiva la situación de incapacidad temporal en cada trabajador. Para el cálculo de dichos factores de corrección se utilizaron como fuentes de información las bases de datos de Incapacidad Temporal del Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicando las técnicas estadísticas de contraste de medias desarrolladas por médicos epidemiólogos del Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo.

Este Manual se ofrece como herramienta de respaldo técnico para orientar la estimación facultativa de la duración de los procesos de incapacidad temporal, y se encuentra fundamentada en el análisis de amplias bases de datos y en la experiencia de profesionales expertos en la materia.

Esta herramienta va dirigida a todos aquellos médicos que en el ejercicio de su actividad profesional tienen que realizar una estimación de la duración de una situación de incapacidad temporal, derivada de una enfermedad, que afecta a un trabajador.

De esta forma se cumple lo establecido en esta materia por el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, que señala expresamente que con el fin de dotar a las actuaciones médicas del mayor respaldo técnico, se pondrá a disposición de los médicos a los que competan dichas actuaciones tablas de duración óptima tipificadas por los distintos procesos patológicos susceptibles de generar incapacidades.

Estoy convencida de la importancia que este nuevo paso supone en el buen uso de la prestación de incapacidad temporal y especialmente en las decisiones técnicas del profesional que emite el parte médico de baja, acto que origina la iniciación de las actuaciones conducentes a la declaración o no del derecho a subsidio económico por incapacidad temporal.

Quiero agradecer finalmente el esfuerzo realizado por los grupos de trabajo para haber alcanzado los consensos necesarios que permiten confiar en que la línea de investigación abierta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social continúe en los próximos años culminando la exigencia social del buen uso de la prestación de Incapacidad Temporal.

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